Como recogió en su momento ARAINFO, el colectivo SOS Ribagorza junto a la Red de Agua Pública y otros grupos ecologistas, partidos políticos (Sumar, IU Aragón, CHA y Podemos), han denunciado que el proyecto de la telecabina Benasque-Cerler “no cumple con los principios de no causar daño significativo al medio ambiente (principio DNSH)”, requisito indispensable para la financiación europea.
Informan desde la zona que la Confederación Hidrológica del Ebro (CHE), en su informe para dar el visto bueno a las obras del "Proyecto constructivo de medidas para la reducción de la vulnerabilidad frente a las inundaciones del casco histórico" que se presentó para mitigar los daños y la vulnerabilidad el casco histórico de Benasque en los episodios de inundación para caudales con periodos de retorno inferiores a 10 años, no hace mención de la conexión de dichas obras con la problemática de inundabilidad de la zona donde se localiza el Telecabina Benasque-Cerler.
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Benasque. Obras en el cauce |
Conviene conocer que el proyecto de estas obras presentado por el Ayuntamiento de Benasque no justifica de ninguna manera que esta elevación de cota en la zona donde se depositan los sedimentos excavados y el aumento de la anchura del cauce en el tramo aguas arriba del puente medieval, donde se realiza la excavación, impliquen que las parcelas de la telecabina dejen de ser zonas de flujo preferente.
El proyecto no presenta ninguna simulación hidráulica, y mucho menos geomorfológica, cuyos resultados impliquen cambios en las características de flujo preferente en las parcelas mencionadas.
Por el contrario, es previsible que:
1. Las obras mencionadas de excavación del río en ningún caso cambien el carácter de la zona de la telecabina como ‘Zona de Flujo Preferente’
2. Y que, por el contrario, la acumulación en la base de la telecabina de los sedimentos extraídos al río aumentan el riesgo de daños por inundación de las parcelas colindantes, por las que pueden llegar a circular mayores caudales o con mayor velocidad.
Según el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (DPH) las zonas de flujo preferente se calculan para un caudal de un periodo de retorno de 100 años , que en el caso del río Ésera en Benasque corresponde a 690 m3/seg. Este caudal es mucho mayor que el caudal de periodo de retorno de 10 años con el que se ha calculado la inundabilidad del casco histórico, que corresponde a 340 m3/seg según el cálculo de la CHE que se ha utilizado en el proyecto de las obras.
Se entiende que, con dichas obras en realización, no se va a disminuir el riesgo de la base del telecabina como Zona de Flujo Preferente, que es el debido a un caudal que duplica al del diseño de las obras en curso. La diferencia sustancial entre ambos supuestos (periodo de retorno de 10 y 100 años) consiste en la inundación de la Avenida de Francia, que es la vía por donde supuestamente entran las aguas desbordadas desde el tramo aguas arriba de Benasque a la zona donde se sitúa el Telecabina. Todo ello parece indicar que hay una relación evidente entre las obras en el río de las que hablamos y la estación de salida del telecabina.
Según el mismo Reglamento del DPH, en las zonas de flujo preferente no podrán ser autorizadas actividades vulnerables frente a las avenidas y que supongan una reducción significativa de la capacidad de desagüe de dichas zonas. A este respecto todo indica que la construcción de la base de la telecabina se sitúa en “zona de flujo preferente”
Por otro lado en cuanto a la idea de rellenar las parcelas que han de sustentar la maquinaria, el tensor y el primer pilar de la telecabina hasta la cota de 1129,4 m de altitud con el objeto de que dejen de estar en ‘zona de flujo preferente’, implica un aumento medio de la altitud de estas parcelas de 1,24 m. Con ello, todas las parcelas colindantes quedarían más expuestas a los daños de erosión y arrastre por avenidas. Ello es debido a que la elevación del terreno en la zona de la telecabina supone un obstáculo al desagüe de las aguas y, por ello, un mayor riesgo en las parcelas del entorno, donde supuestamente puede producirse un aumento de la velocidad de las aguas en avenidas, y por tanto una mayor vulnerabilidad.
Así las cosas, parece que la actuación planteada por el Ayuntamiento de Benasque con el Proyecto en la actualidad en curso contradice claramente el espíritu del artículo del reglamento citado y que no solo no evita o mitiga los daños por inundación, sino que puede incrementar los riesgos en zonas aledañas.
En resumen, podemos afirmar que las obras en realización sobre el cauce del río Ésera no mejoran las condiciones de inundabilidad del núcleo urbano de Benasque, puesto que no se enfocan a las principales causas que puede motivar los desbordamientos del río en crecidas, y que claramente tampoco contribuyen a disminuir las zonas de flujo preferente donde se sitúa la base de la Telecabina, antes bien, alteran la vulnerabilidad de las zonas colindantes.
Por tanto, la actuación planteada representa un aumento de la vulnerabilidad de la seguridad de las personas o bienes frente a las avenidas por lo que no debería realizarse ya que así lo contempla el texto consolidado del "Reglamento del DPH.
En cualquier caso, si sería necesario realizar estudios hidrológicos e hidráulicos adicionales con consideraciones de dinámica geomorfológica para poder cuantificar estos procesos, que permitan la comparación de la situación antes de la actuación prevista y después de la misma,
Resulta descorazonador que el río Ésera se haya dragado de forma intensa, eliminado su vegetación de ribera y destruido sus hábitats acuáticos en las proximidades del puente medieval aguas arriba del mismo, con el consiguiente deterioro de su estado ecológico, sin ninguna justificación ni beneficio.
Pese a cuanto se quiera argumentar en aras a justificar la idoneidad del emplazamiento de la telecabina el casco histórico de Benasque mantendrá las mismas posibilidades de inundación como lo ha venido siendo hasta la fecha y las zonas donde se ubica la telecabina y las parcelas colindantes seguirán siendo ‘zonas de flujo preferente’ con los consiguientes riesgos para personas, viviendas y vehículos
Meridianamente claro y bien argumentado. Espero que no tengamos que lamentar alguna desgracia, como varias que me vienen a la memoria.
ResponderEliminarEstaría bien que se citasen las fuentes de este artículo en su totalidad. En particular, hay párrafos tomados al pie de la letra del informe de Diego García de Jalón de la Lastra, fechado el pasado 01/09/2025.
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