martes, 19 de noviembre de 2013

PACTO SOCIAL SOBRE LA GESTIÓN PÚBLICA DEL AGUA EN ZARAGOZA

Este es el documento que se va a proponer como "PACTO SOCIAL PARA LA GESTIÓN PÚBLICA DEL AGUA EN ZARAGOZA

 PACTO SOCIAL POR LA GESTIÓN PÚBLICA DEL AGUA EN ZARAGOZA

  
Ante la ciudadanía de Zaragoza, quienes abajo firman, representantes de partidos políticos, organizaciones no gubernamentales, asociaciones vecinales y sociales, sindicatos, fundaciones y demás entidades relacionadas, hacen público su compromiso por una gestión pública, integrada y participativa, del ciclo integral del agua en Zaragoza, y se comprometen a cumplir y hacer cumplir los siguientes principios fundamentales, así como las tareas que de ellos se deriven, y que consideran que han de regir desde las administraciones públicas para que esa gestión pública y participativa sea real y efectiva:

1) Respaldamos la resolución A/RES/64/292, de 28/07/2010, adoptada por la Asamblea General de NNUU sin ningún voto en contra, por la cual se reconoce que “el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.

En su cumplimiento, actuaremos para preservar y asegurar el acceso universal de todos los ciudadanos a los servicios de abastecimiento y saneamiento de agua sin que su situación económica afecte a ese derecho.  Asimismo, deberá destinarse el 0,7% del presupuesto del ciclo del agua a la colaboración en programas de cooperación al desarrollo en materia de recursos hídricos, aportando recursos y asistencia técnica a comunidades que lo necesiten.

Para avanzar en el desarrollo y mejora de ese modelo de gestión, se deberán establecer planes de investigación y desarrollo en materia de gestión del ciclo del agua en las ciudades, a desarrollar mediante la colaboración con la Universidad, colegios profesionales , expertos y organizaciones sectoriales

2)   Reconocemos que los servicios de abastecimiento y saneamiento constituyen un ciclo urbano integrado cuya gestión es indisoluble y debe realizarse de manera conjunta.

En este sentido, creemos imprescindible establecer un modelo de gestión integrada que permita tener una visión de conjunto de los servicios prestados así como de los ecosistemas de los que tomamos el agua y sobre los que vertemos nuestros retornos, que incluya tanto los derechos como las responsabilidades del ayuntamiento y sus contratistas, y de los ciudadanos y usuarios, capaz de responder ante las necesidades sociales con eficacia y transparencia.

Para avanzar en el desarrollo y mejora de ese modelo de gestión, se deberán establecer planes de investigación y desarrollo en materia de gestión del ciclo del agua en las ciudades, a desarrollar mediante la colaboración con la Universidad, colegios profesionales , expertos y organizaciones sectoriales.

3)   Consideramos, en la medida en que el agua es un bien público; que los ríos, acuíferos, lagos y humedales forman parte del dominio público hidráulico; y que los servicios de abastecimiento y saneamiento se vinculan a derechos humanos y de ciudadanía.  Dichos servicios no deben ser gestionados desde la lógica del mercado, bajo criterios y prioridades de negocio privado, sino desde la gestión pública, sin ánimo de lucro, como un servicio de interés general.

Creemos que desde la gestión pública se pueden prestar los servicios públicos cumpliendo con los estándares más exigentes de calidad y eficiencia, contando con el compromiso y responsabilidad de los empleados públicos, y garantizando una gestión transparente en la que participe la ciudadanía.

Por ello, declaramos expresamente que, con independencia del ente público que asuma la gestión del ciclo integral del agua de Zaragoza (servicios municipales, patronato, ente público empresarial, sociedad anónima, etc.), velaremos porque la titularidad del mismo sea siempre cien por cien pública, no admitiendo el acceso de empresas privadas a su accionariado.

No obstante lo anterior, consideramos necesaria la asistencia de la iniciativa privada en la realización de obras y en la prestación de algunos servicios auxiliares. Los procesos básicos de la gestión del ciclo integral del agua deberán ser prestados directamente por el ente público gestor. La participación de la iniciativa privada deberá basarse siempre en los requisitos previstos en la normativa de contratación del sector público vigente en cada momento; se deberá realizar directamente por el ente público gestor, por periodos que preserven los intereses públicos y aseguren el control institucional y ciudadano desarrollando de forma efectiva el principio de transparencia.

4)   Sostenemos que la gestión del ciclo integral del agua puede y debe ser un yacimiento importante para la generación de nuevos empleos. Pero debe evitarse que especialmente en las presentes circunstancias se produzca una precarización de las condiciones de trabajo y de la seguridad de los trabajadores. El Ayuntamiento, actuando en colaboración con las organizaciones sindicales, deberá tomar las medidas oportunas para garantizar, tanto en lo gestionado directamente por el ente público gestor como en su relación con las contratas, condiciones de calidad, seguridad y estabilidad en los empleos.

5)   Velaremos porque el Ayuntamiento ejerza la responsabilidad que tiene en la adopción de las decisiones oportunas que aseguren la sostenibilidad del ciclo integral del agua en la ciudad, de acuerdo con la Directiva Marco del Agua, desde tres ámbitos diferentes:

  • · Medioambiental.  Preservando la calidad de las fuentes de suministro; asegurando que se utiliza el mínimo recurso necesario para satisfacer las necesidades de la ciudad; realizando programas de prevención de la contaminación, basados tanto en la intervención sobre las infraestructuras como en programas de sensibilización y formación; minimizando el efecto de los vertidos a cauce público; y compensando las afecciones medioambientales.

  • ·      Económica.  Repercutiendo el coste real de la prestación de los servicios a los usuarios del servicio; y aplicando tarifas que se fundamenten en los principios recogidos en el artículo 7 “Costes del ciclo del agua y su recuperación” de la Ordenanza Municipal para la Ecoeficiencia y la Calidad en la Gestión Integral del Agua de Zaragoza (OMECGIA), aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 28-01-2011: suficiencia económica, equidad, eficiencia, sencillez y transparencia.

  • ·      Estructural.  Planificando y realizando las inversiones necesarias para que el agua llegue a los usuarios en las mejores condiciones, de acuerdo con las normativas aplicables en cada momento; se controlen y minimicen las pérdidas en las redes de suministro y saneamiento; se adecúe la calidad el agua al uso a que se destine en cada caso; y se traten todas las aguas captadas por la red de colectores municipales antes de ser vertidas a cauce natural.  Todo ello intentando utilizar las tecnologías más eficientes disponibles.
6) Velaremos porque todos los ingresos que se obtengan a través de las tarifas de abastecimiento y saneamiento que se apliquen a los usuarios, así como los que provengan del alquiler o cesión de las infraestructuras hidráulicas públicas, subvenciones, operaciones de crédito, o cualquier otro medio, vinculados al ciclo integral del agua, se destinen a sufragar los costes de dichos servicios.

Caso de existir remanentes anuales, deberán destinarse a las inversiones y mejoras que el ciclo integral del agua requiera o, caso de no ser necesarias o si su importe es inferior al capital disponible, a la adaptación de las tarifas del año siguiente en el porcentaje que corresponda.

De forma excepcional,  y sólo previo acuerdo y bajo la supervisión del “Consejo Social”, se podrán destinar remanentes  a un fondo municipal de acción social.

Velaremos porque en ningún caso el ayuntamiento de Zaragoza utilice los ingresos vinculados al ciclo integral del agua para sufragar cualquier otro gasto público de competencia municipal, ni se incorporen a los costes del ciclo integral del agua los cánones, aportaciones o cuotas de alquiler de infraestructuras abonadas al ayuntamiento de Zaragoza por el ente público gestor, que no hayan sido reinvertidos en estos mismos servicios.

7)   Entendemos, no obstante, que no basta garantizar la gestión pública, sino que es preciso promover nuevas formas de control social y de democracia participativa, que garanticen transparencia y participación ciudadana efectiva y proactiva, tal y como estableció la Convención de Aarhus, transpuesta a la normativa europea por la Directiva 2003/35/, de 26 de mayo de 2003, y a la normativa española por la Ley 27/2006, de 18 de julio, reguladora de los “derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente”.

Por ello, apostamos por un modelo de gestión en el que el ente público gestor rinda cuentas de sus actividades y decisiones, tanto a los poderes públicos de los que dependa como a los ciudadanos.

Velaremos para que se asegure el acceso de todos los ciudadanos a la información básica de la gestión del ciclo integral del agua en la ciudad, mediante varios mecanismos:

  • ·   Estableciendo una batería de indicadores significativos para los distintos ámbitos de la gestión (técnicos, financieros, sociales, medioambientales, patrimoniales), accesibles por vía telemática, que sean comprensibles para los ciudadanos.
  • ·      Dando publicidad a todos los acuerdos y resoluciones que adopten los órganos de dirección del ente gestor, así como a las condiciones de prestación de los servicios contratados con terceros.
  • ·        Estableciendo un Consejo Social con competencias efectivas de control sobre cuestiones clave que trate el Consejo de Administración del ente público gestor.
  • ·      Incluyendo representantes del Consejo Social, con voz y voto, en el Consejo de Administración del ente público gestor del ciclo integral del agua.
  • ·      Poniendo los medios necesarios que faciliten a los ciudadanos la realización de consultas públicas, solicitud de información y presentación de reclamaciones
8)   Constatamos que el Plan Aragonés de Saneamiento y Depuración (PASD), aprobado por “LEY 9/1997, de 7 de noviembre, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Aragón”, ha demostrado su inviabilidad económico-financiera y en muchos casos su ineficacia a la hora de recuperar el buen estado de nuestros ríos; ha supuesto una privatización encubierta de los servicios de saneamiento; ha erosionado la autonomía municipal, mediante la imposición de un determinado modelo por parte del Gobierno de Aragón; ha generado agravios comparativos entre poblaciones en su aplicación; y ha dado lugar a la imposición de unas tarifas claramente abusivas que han aumentado un 133,5% desde 2005 (un 22,5% entre 2012 y 2013) .

Por ello rechazamos el PASD, y nos oponemos activamente a su implantación en Zaragoza en tanto no se haga una revisión en profundidad del mismo, que evite el sobredimensionamiento actual de muchas depuradoras; que prevea la posibilidad de utilizar otras tecnologías, adaptadas a cada población, que requieran menos recursos financieros y menos consumo energético; que preserve la autonomía municipal en la gestión de los servicios del ciclo integral del agua; y que establezca unos criterios de revisión de tarifas que eviten las variaciones habidas hasta ahora.

Deberá asegurarse la gestión directa por el ayuntamiento de Zaragoza de sus infraestructuras de saneamiento y depuración.

Deberán revisarse las tarifas del canon de saneamiento y su forma de aplicación, permitiendo la adaptación de las mismas a las de cada municipio.

Así mismo, deberán realizarse las auditorías necesarias para dar luz sobre lo hecho hasta ahora y exigirse las responsabilidades políticas que correspondan por los errores cometidos. 

9) Finalmente, nos comprometemos a hacer lo necesario para que las normas municipales vigentes  (reglamentos, ordenanzas, etc.) se adapten a los compromisos del presente pacto.

En ese sentido deberá especificarse en la norma correspondiente, que cualquier decisión que pudiera afectar a los principios aquí establecidos, como podría ser una eventual propuesta de privatización de este tipo de servicios, sea sometida a un amplio y profundo proceso de información pública que culmine en una Consulta Ciudadana con las garantías suficientes para que sus resultados fueran vinculantes, caso de alcanzarse un nivel de participación suficiente.

En Zaragoza, a ....... de ........  de 2013





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