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lunes, 22 de abril de 2024

UN PLAN DE SANEAMIENTO QUE "HACE AGUAS"

El tiempo, junto a un escaso interés de los partidos políticos aragoneses por construir un Plan Aragonés de Saneamiento (PASD) equilibrado y justo, independientemente del lugar de residencia de cada usuario, ha naturalizado el Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR). Pero lo cierto, a tenor de lo que está sucediendo en Garrapinillos, Casetas y Villarrapa, es que este tributo, generado como forma de financiación del PASD, deja mucho que desear y se convierte en un mero instrumento de recaudación para el Instituto Aragonés del Agua (IAA) cuya única finalidad parece ser la de maximizar sus ingresos para compensar el sinsentido financiero en que se ha convertido el PASD.

Desde las primeras reuniones con el IAA, afirmaba su directora que el ICA (antecedente del IMAR) se cobraba por el mero hecho de generar aguas residuales al consumir agua. De esa forma justificaba entonces que no se producía una doble tributación (vertido-depuración) y defendía el valor medioambiental de aquel nuevo impuesto que movilizó a una buena parte de la ciudadanía aragonesa.

Los vecinos afectados afirman que el IAA está cobrando el recibo del IMAR sin aplicar ninguna reducción, lo que supone incrementar su importe un 150%  por el hecho de que Casetas vierta sus aguas residuales a la depuradora de Utebo (gestionada por el IAA) y no a las de La Almozara o La Cartuja, que se consideran “autosubvencionadas” y sí reciben esta bonificación. No es de extrañar que estos, también vecinos de Zaragoza, se consideren agraviados frente al resto de usuarios de vertido de la ciudad ya que en su momento contribuyeron a la construcción de las depuradoras de La Almozara y la Cartuja como el resto del vecindario.

Lejos del vacío. Pilar Iturralde 2019

Convendría considerar que el alcantarillado y la depuración de aguas residuales son competencias propias de los municipios y, en el caso de Zaragoza, de carácter obligatorio (artº 25.1.c) y 26.1 de la LBRL).

De igual forma, no consta que ningún gobierno municipal haya convenido con ninguna otra institución la cesión de competencias en materia de depuración.  Por tanto, desde el momento en que una vivienda o local vierte en un colector de competencia municipal, el vertido y su tratamiento pasa a ser responsabilidad del Ayuntamiento que no debería generar ninguna discriminación en el tratamiento tributario, puesto que el servicio prestado es el mismo para toda la población al margen del lugar o el método de depuración que se aplique, que no son opciones elegibles por la persona usuaria del servicio, sino una decisión municipal en el ejercicio de sus competencias.

Cualquier decisión de otras administraciones que afecten a la integridad de servicios de competencia municipal debe ser aceptada y convenida con el ayuntamiento de Zaragoza. Nos consta que el ayuntamiento de Zaragoza suscribió un convenio de colaboración con otros municipios afectados y con la DGA para construir y financiar la depuradora de Utebo, pero ese convenio preveía que los gastos correspondientes a Zaragoza se sufragaran desde el ayuntamiento, en función de los habitantes equivalentes, sin afectar a las familias ubicadas en zonas del término municipal de Zaragoza cuyos vertidos fueran a depurarse en la depuradora de Utebo.  En este sentido, cualquier decisión que afecte a Zaragoza sin su consentimiento está vulnerando los principios de autonomía municipal e integridad territorial.

La complejidad de la forma de gestión del PASD hace que en aquellos municipios de Aragón (habitual en el Pirineo) que hayan cedido sus competencias en materia de depuración al IAA puediera haber núcleos de población que no reciben el servicio de depuración. Ahí tendría sentido que se aplicara una reducción del recibo del IMAR, (*) hasta que se depuren sus aguas. Es decir, se adaptaría lo que se paga al servicio que se recibe, mediante una bonificación. 

Pero Zaragoza es, probablemente, el único municipio de Aragón donde la situación es radicalmente opuesta: no se han cedido las competencias y el servicio se presta, mayoritariamente en instalaciones propias, con algunas salvedades por decisiones adoptadas por diferentes corporaciones municipales y con la ley del IMAR lo que se pretende es penalizar (no bonificar) a algunos vecinos y empresas por decisiones que exceden de su capacidad de decisión.

Esto provoca situaciones injustas, con presiones fiscales que no son equitativas y provocando que no haya un tratamiento general y unitario para toda la población de Zaragoza.

De estas prácticas administrativas se desprende que el IAA pretende aumentar la recaudación del IMAR a costa de los aragoneses. En otras poblaciones cuyas aguas residuales se depuran en instalaciones de Zaragoza, se sigue cobrando el IMAR sin bonificaciones, a pesar de que no les prestan el servicio de depuración.  Por tanto, parece que el IAA tiene una doble moral con la única finalidad de maximizar sus ingresos y poder justificar la bondad de un Plan de Saneamiento que, pese al paso del tiempo y los cambios habidos, sigue mostrando graves carencia tal como el propio Ayuntamiento de Zaragoza demuestra con las acciones que necesita acometer para garantizar un tratamiento equitativo a sus vecinos.

Si no se resuelve este desencuentro, las familias afectadas van sufrir un aumento de la presión fiscal del 150% por término medio, simplemente porque sus vertidos puedan acabar depurados en unas instalaciones gestionadas por otra institución. Aunque el ayuntamiento de Zaragoza dice que va a aplicar una bonificación a las viviendas y locales afectados por los recibos del IMAR sin bonificación, el importe a pagar por esas familias va a seguir siendo alrededor de un 20% superior al resto de familias de Zaragoza.  Es una situación inadmisible, que el Ayuntamiento de Zaragoza debería rechazar en defensa de sus competencias, de su autonomía, de su integridad territorial y, sobre todo, de cara a la protección y tratamiento igualitario  de sus vecinas y vecinos.

(*). Esta lógica de compensación sabemos que no es norma de funcionamiento generalizada. Existen núcleos agregados que carecen de servicio de depuración de sus aguas (por ejemplo Benabarre) a los que se cobra la totalidad del IMAR.

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